DESCRIPCIÓN
PISO DE CATEGORÍA APTO PROFESIONAL, PARA RECICLAR , SOBRE AV. QUINTANA CASI ESQ. PARERA.
Ingresando por la entrada principal hacia la derecha encontramos el gran living comedor en L con salida al balcón, toilette y placard de recepción.
Hacia la izquierda la cocina con comedor diario y lavadero, y dependencia de servicio con baño (anulado). Luego un gran dormitorio, y siguiendo el pasillo de distribución encontramos el dormitorio principal, un baño completo con bañera y otro gran ambiente de 7.50 x 3.50 que puede dividirse perfectamente en dos habitaciones. (total 4 habitaciones + dependencia)
La totalidad del piso ha sido acondicionado como clinica medica, es por ello que hay habitaciones con conexiones de agua y algun baño anulado. Asimismo, la planta tiene un metraje y distribución que ofrece multiples opciones para reciclarla, y que sea APTO PROFESIONAL por reglamento también permite que pueda volver a convertirse en clínica medica u oficinas, o vivienda y estudio.
Las medidas, superficies y expensas consignadas son aproximadas y no resultan vinculantes. El precio del Inmueble puede ser modificado sin previo aviso. Fotos de carácter no contractual.
En cumplimiento de la ley 2340 , Ley de la Prov de Bs As, Ley Nacional de lealtad comercial, Ley de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen corretaje inmobiliario. Todas las Operaciones Inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor colegiado, Diana Díaz CPI 7136 - Col. L.P. 7351
La Publicación de este Inmueble es a solo título informativo, pues la venta está supeditada a que el Propietario cumplimente el trámite del COTI correspondiente.
Para los casos de alquiler de vivienda en CABA “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoria de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato"